21
Apertura Nº 370, 10/24
15
Enfoques Nº 10, 10/24
14
Liquidación de Sueldos Nº 220, 10/24
14
Impuestos Práctica Profesional Nº 181, 10/24
10
Doctrina Tributaria Nº 535, 10/24
07
Impuestos Práctica Profesional Nº 180, 09/24
07
Doctrina Penal Tributaria y Económica Nº 73, 09/24
26
Apertura Nº 369, 09/24
23
Doctrina Societaria y Concursal Nº 438, 09/24
20
Enfoques Nº 9, 09/24
20
Revista Código Civil y Comercial Nº 5, 10/24
XXIX JORNADAS NACIONALES DE DERECHO CIVIL
Palabras preliminares. Aicega, María Valentina; Alterini, Francisco J. Pág. 3.
Comisión n.° 1 – Parte general. «Consentimiento informado para actos médicos»
El consentimiento del paciente para actos médicos. Nicolau, Noemí Lidia. Pág. 7.
Realidades, anomalías y ficciones del consentimiento médico informado en Argentina. Muñiz, Carlos. Pág. 19.
Comisión n.° 2 – Derecho de las obligaciones. «Obligaciones dinerarias»
Vigencia del nominalismo. Deuda dineraria y deuda de valor. Moreno, Valeria. Pág. 33.
Anatocismo: cuestiones de interpretación del art. 770 Cód. Civ. y Com. Tale, Camilo. Pág. 42.
Comisión n.° 3 – Derecho de daños. «Daños derivados de la inteligencia artificial»
Inteligencia artificial. ¿Colapso del sistema maestro de responsabilidad civil? Negri, Nicolás J.; Guerreiro, Pablo N. Pág. 57.
Responsabilidad por los sistemas de inteligencia artificial en entornos virtuales, aplicaciones, sitios de internet y plataformas digitales. La configuración de una nueva obligación de seguridad por daños a derechos personalísimos, datos personales y atributos de la personalidad a la luz de los Tratados de Derechos Humanos. Azar, Aldo M. Pág. 75.
Comisión n.° 4 – Derecho de consumo. «Responsabilidad de las plataformas y otros participantes (influencers) en entornos digitales»
Responsabilidad de las plataformas de intermediación. Igualdad de derechos para los consumidores. Igualdad de responsabilidades para los proveedores. El derecho vigente y el derecho proyectado. Japaze, Belén. Pág. 87.
Una aproximación a la responsabilidad civil de las plataformas en línea frente a los consumidores. Frustagli,